. Reglamentación Parques Dc Integración Para Niños, Niñas Y Adolescentes: El Gobierno N3cional a ,través del Ministerio del Deporte, en coordinación con el Ministerio de Salud y Protección Social, la Consejería Presidencial para la participación de las personas con discapacidad , el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, en desarrollo del principio de colaboración armónica, en el término de dos (2) años contado a partir de la entrada .en vigencia de la presente ley , reglamentará las condicion~s técnicas de accesibilidad, calidad, seguridad y los requisitos mínimos de infraestructura que deban cumplir los parques infantiles de integración. Parágrafo. Los parques públicos o privados para niños, niñas y adolescentes que se encuentren en fase de planificación o planos de construcción deberán ~- -- 2180 r- atraptarse a las eXigencias de accesibilidad en los terminas de la presente ley y sus reglamenta'ciones. ' Artículo ·SO. Estándares mínimos de infraestructura. Para efectos de definir los estándares mínimos de infraestructura requeridos en el artículo anterior, la reglamentación cumplirá con los siguientes criterios : 1.Accesibilidad universal y equidad: Los mobiliarios y espacios de uso común, deben 'estar acondicionados con objetos, herramientas , y elementos que permitan que los parques de integración para niños, niñas y adolescentes puedan ser utilizados sin mayor esfuerzo por todos independiente de las condiciones físicas y psíquicas, edad, género, entre otras, garantizando la igualdad de coddiciones de acceso al entorno físico . Para esto, los parques de integración para niños, mnas y adolescentes dispondrán de rampas, pasamanos, vados peatonales, equipamientos adaptados con'":su respectiva señalización de uso y superficies de seguridad que permitan ser utilizados por todos, en la mayor medida posible, sin necesidad de adaptación ni de diseño especial para categorías particulares de usuarios. 2. Calidad: Los bienes y servicios de los parques de integración para niños, niñas y adolescentes deben estar diseñados de tal manera que sean resistentes y ambientalmerite sostenibles. 3. Uso común: Los parques de integración para nlnos, niñas y adolescentes deberán permitir la inclusión, accesibilidad, uso, disfrute y participación de toda la niñez. 4. Seguridad::· El diseño de los parques de integración para niños, niñas y adolescentes debe permitir la prevención y disminución del nesgo de sus asistentes po( accidentes, para lo cual se deberán acondicionar espacios, elementos o materiales que garanticen la seguridad. 5. Señalización : Se dispondr8 del uso de símbolos en lenguaje claro, compresible y accesible en el marco del diseño universal que permita la evacuación y emergencia .