. . Principios. Sin perjuicio de lo establecido en la legislación, y lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 1014 de 2006, serán principios orientadores de los planes, programas, proyectos y las políticas públicas nacionales y territoriales que fomenten el emprendimiento femenino en el país: 1) La defensa de los derechos individuales y colectivos de la mujer consagrados en la Constitución y la Ley. 2) El componente de integración para la participación de la mujer emprendedora en la economía de su territorio, ofreciendo oportunidades de igualdad y equidad. 3) La concertación con las comunidades, organizaciones y grupos sociales en general que desarrollen actividades a favor de la mujer en el país. 4) La armonización de elementos económicos, sociales y culturales del contexto de las mujeres beneficiarias de las estrategias, acciones, programas y lineamientos de las políticas públicas. 5) La generación de información veraz y oportuna sobre los beneficios que se establezcan para la mujer emprendedora, empresaria y los planes de negocio.