Por medio de la cual se generan incentivos a la calidad, promoción del consumo y comercialización de panela, mieles vírgenes y sus derivados, así como la reconversión y formalización de los trapiches en Colombia y se dictan otras disposiciones.

Ley Ordinaria · 2005 · 2019-12-02 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
Articulado
Artículos 21–24 de 24

Artículo 21°

. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo deberá desarrollar 105 mecanismos para que se consolide la cadena productiva de la panela, con especial énfasis en 105 trapiches de economía campesina. Además, deberá adoptar medidas tendientes a aumentar la competitividad de la producción panelera y articular los programas y actividades que otras entidades estén ejecutando en relación a la competitividad del sector panelero. Durante los tres años siguientes a la promulgación de esta Ley y de manera anual, el Ministerio de Comercio, Industria y TUI-ismo deberá rendir un informe anual al Congreso donde presente las medidas y actividades que ha desarrollado en relación con lo dispuesto en este artículo y en el artículo 16 de esta Ley.

Artículo 22°

. El Ministerio de Agricultura implementará un programa permanente y planificado de responsabilidad social empresarial, en el que todas las plantas procesadoras de mieles paneleras, productoras o trapiches podrán asumir un compromiso voluntario de suministrar panela de manera gratuita, en poblaciones altamente vulnerables y con índice de desnutrición.

Artículo 23°

. Modifíquese el parágrafo 2 y adiciónese el parágrafo 4 al

Artículo 24°

. ; Vigencia. La presente Ley rige a partir de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. ENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE REPUBLlCA LA GREGaRIO ELJACH PACHECO EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES HONORABLE CÁMARA DE LEY No.200 5 ------------------- "POR MEDIO DE LA CUAL SE GENERAN INCENTIVOS A LA CALIDAD, PROMOCiÓN DEL I CONSUMO Y COMERCIALIZACiÓN DE PANELA, MIELES VíRGENES Y SUS DERIVADOS, Así COMO LA RECONVERSiÓN Y FORMALIZACiÓN DE LOS TRAPICHES EN COLOMBIA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL PUBlÍQUESE y CÚMPLASE ",. 2 Die 20 Dada en Bogotá, D.C . a los LA MINISTRA DEL EL VICEMINISTRO GENERAL DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE HACIENDA CRÉDITO PÚBLICO, t:: EL MINISTRO DE AGRICWLTURA y DESARROL O RUt~ ____ ANDRÉ RAFAEL VALENCI P NZÓN EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL, r¡-fvz- JUAN&.E RESTREPO 2005 Hoja 2. Continuación de la Ley "POR MEDIO DE LA CUAL SE GENERAN INCENTIVOS A LA CALIDAD, PROMOCiÓN DEL CONSUM y COMERCIALIZACiÓN DE PANELA, MIELES ViRGENES y SUS DERIVADOS, Asi COMO LA RECONVERSiÓN FORMALIZACiÓN DE LOS TRAPICHES EN COLOMBIA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" LA MINISTRA DE TRABAJO, 2 DIC 2019 ~~~ ALICIA ARANGO OLMOS J .... LA VICEMINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR, ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DE DESPACHO DEL MINISTRO DE COMERCIO E1\ERIOR, · ,--J~ LAJRA ISABEL VALDIVIESO JIMÉ

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Función legislativa del Congreso (art. 150 C.P.)

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