POR LA CUAL LA NACiÓN EXALTA Y RINDE HOMENAJE A LOS HÉROES DE PIENTA, AL

Ley Ordinaria · 1976 · 2019-07-24 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
Articulado
Artículos 1–5 de 5

Artículo 10°

. , La nación exalta y rinde homenaje a la celebración de los 200 años de la Batalla de Pienta, librada el 4 de agosto de 1819 por los pobladores de los municipios de Charalá, Coromoro, Ocamonte y Encino en el departamento de Santander. Se reconoce, exalta y rinde homenaje a los "Héroes de Pienta" por su valioso aporte a la gesta libertadora, al cumplirse el bicentenario de la independencia.

Artículo 2°

. 0 , Autorícese al Gobierno nacional por intermedio del Ministerio de Cultura, destinar los recursos necesarios dentro del Presupuesto General de la Nación, para el desarrollo de las siguientes obras de conmemoración de los 200 años de la Batalla de Pienta: a. Diseño y construcción del monumento en homenaje a los "Héroes del Pienta", en el sector de La Cantera en la vía San Gil-Charalá. b. Inversión para aumentar la dotación y fortalecer la colección de la Casa de la Cultura José Bias Acevedo y GÓmez. c. Inversión para aumentar la dotación y fortalecer la colección del Museo Jaime Guevara. d. Inversión para aumentar la dotación y fortalecer la colección de la Casa Museo del Algodón y Lienzo de la Tierra. e. Inversión para aumentar la dotación y fortalecer la colección de la Casa de la Cultura de Ocamonte, departamento de Santander.

Artículo 3°

. . El Gobierno nacional, el Congreso de la República y las Fuerzas Armadas rendirán homenaje a los "Héroes del Pienta", en acto especial y protocolario, el 4 de agosto de cada año en el municipio de Charalá, en el puente del río Pienta. Evento que contará con la presencia de altos funcionarios del Gobierno nacional, Congreso de la República y demás autoridades locales y regionales. Llevándose a cabo una parada militar de las Fuerzas Armadas.

Artículo 4°

. , Encárguese a la Biblioteca l\Jacional y al Archivo Nacional la recopilación, selección y publicación, en medio físico y digital, de las obras, discursos y escritos políticos que reconstruyan y rememoren la Batalla de Pienta, librada el 4 de agosto de 1819. I ARTÍCULO $0. Encárguese a la Radio Televisión Nacional de Colombia (RTVC) la producciÓh y emisión de un documental ql!e reconstruya y resalte la importancia wara la gesta libertadora de la Batalla de Pienta. Además, emítase en cadena nf cional del Sistema de Medios Públicos el dramatizado " Pienta, la resistencia que salvó a Bolívar" realizado por Televisión Regional del Oriente ­ Canal TRO y ¡ausPiciado por Autoridad Nacional de Televisión (ANTV).

Artículo 6°

. . La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación. I ! EL PRESIDfENTE DEL HO RABLE SENADO DE LA REPÚBLICA • ERNESTO ~AC~S TOVAR EL SECR TARIO REPUBLI GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA CAMARA DE CAMARA DE GREGORld ELJACH . EL PRESIDENTE REPRESENTANTES (E) DE LA HONORABLE ATILANO ~LONSO GIRALDO ARBOLEDA EL SECR:ETARIO REPRESE~TANTES GENERAL DE LA HONORABLE LEY No. 1976 ------------------- "POR LA CUAL LA NACiÓN EXALTA Y RINDE HOMENAJE A LOS HÉROES DE PIENTA, AL CUMPLIRSE EL BICENTENARIO DE LA INDEPENDENCIA" REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL PUBL!QUESE y CÚMPLASE 24 JUL 201 Dada en Bogotá, D.C. a los I LA MINISTRA DEL INTERIOR, EL MINISTRO DE HACIE~IDA y CRÉDITO PÚBLICO, EL COMANDANTE GENERAL DE LAS FUERZAS MILITARES, ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL, GENE ~~~~:..J.JI:'-~ JIMENEZ LA MI~IISTRA DE TECNOLOGíAS, DE LA INFORMACiÓN Y LAS COMUNICACIONES, SYLVIA CRISTINA CONSTAIN RENGIFO LA MINISTRA DE CULTURA,

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Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Función legislativa del Congreso (art. 150 C.P.)

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