Artículo 1°
. Objeto. La presente ley tiene como propósito brindar un homenaje a la memoria de quien en vida fuera uno de los congresistas destacados del Congreso colombiano, y reseñar su historial de humbre público.
Ley Ordinaria · 1963 · 2019-07-08 · Jerarquía: nivel 5
. Objeto. La presente ley tiene como propósito brindar un homenaje a la memoria de quien en vida fuera uno de los congresistas destacados del Congreso colombiano, y reseñar su historial de humbre público.
. El Congreso de Colombia se vincula al reconocimiento de sus ejecutorias en el destacado paso por esta corporación, a la cual. perteneció por espacio de veinticuatro (24) años, exaltando sus actuaciones como legislador, líder ejemplar, consagrado académico y persona de grandes cualidades humanas. que supo representar responsablemente el ideario del Partido Conservador y al colectivo que en muchas oportunidades lo eligió
. Para preservar la trayectoria de su actividad pedamentaria, la mesa directiva del honorable Senado de la República ordenara compilar los proyectos de ley de su autoría y ponencias presentadas, lo rnismo que los debates e intervenciones más relevantes' en los que actuó ante el Congreso Nacional.
, El Gobierno nacional a través del Ministerio de Cl:ltura autorizará la publicación de sus memorias, referidas en el artículo ;:mterior, como documento de importancia para ser difundido en los escenari05. académicos e instrumento ejemplarizante para las futuras generaciones.
, El recinto de sesiones de la Comisión Tercera Constitucional Permanente del Honorable Senado de la República, llevará ~I nombre de Fernando Eustacio Tamayo Tamayo, en homenaje póstumo :a sus grandes aportes a la Patria desde esta célula legislativa, a la cual pertel)~ció y presidió durante varios períodos, 10 mismo que en la Cámara de Repres,?:ntantes, por la circunscripción electoral de Bogotá, D. C., Y con tal motivo se c;llocará un óleo con su rostro y una placa alusiva a su nombre. ,
, Como tributo de admiración y recor,ocimiento a su dedicación en bien del desarrollo de la ciudad capital y del país, desde s~ condición de Concejal, Representante a la Cámara, y Senador de la Repúbli{;.a, hasta el día que en cumplimiento de su labor congresional, una desafortunad::\ falencia física produjo su deceso, el Ministerio de Cultura ordenará la elaborac;ón de un busto con su figura, indicando su instalación en un sitio estratégic':l de la ciudad capital. 1963
. :..a presente ley rige a partir de su promulgación. EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA • ERNESTO MACiAS VAR EL SECRETARiO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLlCA GREGDRIO ELJACH PAC j¡IflONQRABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES CAMARGO EL SECRETAR iO GENERAL DE U\ H. CÁMARA DE REPRESENTANTES RTD MANTILLA SERRANO 2 _S----"'J'--=U L2019 LEY No. ---=-=-196_3 POR MEDIO DE LA CUAL LA NACiÓN RINDE HOMENAJE Y EXALTA LA VIDA PÚBLICA DEL ILUSTRE CIUDADANO FERNANDO TAMAYO TAMAYO, EXCONGRESISTA DE COLOMBIA Y SE HONRA SU MEMORIA COMO FIGURA EJEMPLAR DE NUESTROS TIEMPOS. REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL PUBUQUESE Y CÚMPLASE JUL 2019 Dad a en Bogotá, D.C. a los .. LA MINISTRA DEL INTERIOR, AfolEDA EL VI CEMINI STRO GENERAL DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚ BLICO. ENCARGADO DE LAS FUNCION S DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉ PÚB ICO LA MINI STRA DE CULTURA, í) / ~¡ /~ CARME INÉS VÁSQ EZ C MACHO
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Ley Ordinaria
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 5
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Función legislativa del Congreso (art. 150 C.P.)