SISTEMA NACIONAL DE INFORMACiÓN SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO. En el marco del Sistema de Información Ambiental.para Colombia - SIAC, créese el Sistema Nacional de Información sobre Cambio Climático que proveerá datos e información transparente y consistente en el tiempo para la toma de decisiones relacionadas con la gestión del cambio climático. 13 Como parte del Sistema Nacional de Información sobre Cambio Climático se establece el Registro Nacional de Reducción de las Emisiones de Gases de Efecto Invernadero (RENARE) como uno de los instrumentos necesarios para la gestión de infoFl11ación de las iniciativas de mitigación de GEl. los instrumE¡}ntos para la generación de información oficial que permita tomar decisiones, formular políticas y normas para la planificación, gestión sostenible de los bosques naturales en el t~rritorio colombiano y la gestión del cambio climático, sor el Sistema Nacional de Información Forestal (SNIF), el Inventario Forestal Naciohal (IFN), y el Sistema de Monitoreo de Bosques y Carbono (SMBYC). Estos instrumentos proveerán la información para el Sistema Nacional de Información sobre Cambio Climático. El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM), administrará y coordinará el SNIF, el IFN,. el 5MBYC y RENARE bajo la coordinación, las directrices, orientaciones y lineamientos del Ministerio de Ambiente y lYesarrollo Sostenible. I PARÁGRAFO. El Gobierno Nacional en cabeza del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, reglamentará el funcionamiento y la administración del Sistema Nacional de Información sobre Cambio Climático que deberá articularse a los Sistemas que tengan similares propósitos y gestionen información relacionada co~ el seguimiento a la gestión del cambio climático, en particular lo relacionado con evaluación, monitoreo, reporte y verificación de las acciones en cambio clim~tico y el cumplimiento de las metas nacionales en esta materia. 27. ARTíCULO SISTEMA DE MONITOREO DE BOSQUES Y CARBONO. A través del 5MBYC, ellDEAM generará la información oficial para la adopción de medidas que·· conduzcan a reducir la deforestación y contribuyan a la planificación l y gestión sostenible de los bosques naturales en el territorio colombiano, y para el cumplimiento de los compromisos de Colombia en el marco de la 'Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático -CMNUCC, y otros compromisos internacionales, así como para la elaboración de los Niveles de Referencia de las Emisiones Forestales (NREF). Esta información será empleada y servirá como referente en la implementación de las iniciativas REDD+. PARÁGRAFO. las Corporaciones Autónomas Regionales y las de Desarrollo Sostenible, Parques Nacionales Naturales, la Autoridad Nacional de licencias Ambientales~ los Institutos de Investigación y demás entidades del SINA, en el marco de sus competencias y funciones legales, deberán aportar de forma adecuada y oportuna la información que sea requerida para el correcto funcionamiento del Sistema de Monitoreo de Bosques y Carbono -SMBYC, y, así mismo, deberán tomar las medidas necesarias para asegurar la utilización adecuada y 9Portuna de la información generada por el 5MBYC. ARTíCULO •I 28. , PROMOCiÓN DE líNEAS DE INVESTIGACiÓN SOBRE CAMBIO CLlMATICO. COlCIENCIAS a través del Sistema nacional de competitividad, ciencia, tecnología e innovación incorporará los temas de cambio climéfltico en sus estrategias de investigación a través de sus programas nacionales así como en sus estrategias de gestión del conocimiento, innovación e internaciorialización. 14 PARÁGRAFO. porcentaje destinado Fondo Ciencia,: Tecnología e Innovación del Sistema General de Regalías, se destinará un 1 % a proyectos sobre mitigaciÓn y adaptación al cambio climático. TITULO IV INSTRUMENTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS PARA lA GESTiÓN CAMBIO CUMÁTICO CAPiTULO I INSTRUMENTOS ECONÓMICOS