POR LA CUAL LA NACiÓN RINDE PÚBLICO HOMENAJE Y SE VINCULA A

Ley Ordinaria · 1914 · 2018-07-12 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
Articulado
Artículos 1–6 de 6

Artículo 1°

. La nación rinde público homenaje y se vincula a la celebración del sesquicentenario de fundación de la Universidad Nacional de Colombia, fundada mediante Ley 66 del 22 de septiembre de 1867.

Artículo 2°

. Ríndase tributo de gratitud y admiración a la Universidad Nacional de Colombia por sus aportes invaluables a la construcción de la nación, a través de sus importantes contribuciones científicas, artísticas, culturales y humanísticas que a lo largo de los últimos 150 años le ha entregado al país.

Artículo 3°

. Autorízase al Gobierno nacional para que, en cumplimiento y de conformidad con los articulos 69, 150 numeral 9, 288, 334, 339, 341, 345 Y 366 de la Constitución . Política y las competencias establecidas en la Ley 30 de 1992, sus Decretos reglamentarios y la Ley 819 de 2003, incorpore dentro del Presupuesto General de la Nación, durante cinco (5) años consecutivos, las partidas presupuestales necesarias para financiar la dotación tecnológica de las aulas, centros de cómputo, auditorios y laboratorios para la e:1señanza y la investigación de la Universidad Nacional de Colombia por valor de cien mil millones de pesos ($100.000.000.000) anualmente.

Artículo 4°

. Autorizar a la Universidad Nacional de Colombia para que, con cargo a los recursos definidos por esta ley, cree la beca del sesquicentenario, con el fin de apoyar a los mejores estudiantes de pregrado de las sedes de presencia nacional de la Institución. La reglamentación de la beca será definida por la Universidad .

Artículo 5°

. Autorízase al Gobierno nacional para efectuar las apropiaciones presupuestales necesarias para dar cumplimiento a la presente ley.

Artículo 6°

. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación . EL PRESIDENTE DEL H. SENADO ./ EF 'A SARABIA LA REPUBUCA EL SECRETARIO GENERAL DEL H. SENADO DE LA REPUBLlCA LA PRESIDENTA (E) DE LA H. CÁMARA DE REPRESENTANTES ~~"'-lI~lAJLtJ-J? .__ UNA MI RIA BARRERA RUEDA EL SECRETARIO GENERAL DE LA H. CÁMARA DE REPRESENTANTES 2 LEY No.1914 ------------------- POR LA CUAL LA NACiÓN RINDE PÚBLICO HOMENAJE Y SE VINCULA A LA CELEBRACiÓN DEL SESQUICENTENARIO DE FUNDACiÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL PUBLíQUESE Y CÚMPLASE 12JUL2018 Dada en Bogotá, D.C., a los EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, /Itf fUMíM b.. ~--~:=? MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARíA LA MINISTRA DE EDUCACiÓN NAC

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Función legislativa del Congreso (art. 150 C.P.)

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