Etapas del Proceso de Selección: El proceso para la elección del Contralor General de la República tendrá I obligatoriamente las siguientes etapas : I 1. La convocatoria, 2. La inscripción, 3. Lista de elegidos, 4 . Pruebas, 5. Criterios de selección, 6. Entrevista, 7. La conformación de la lista de seleccionados y, 8. Elección 1. Convocatoria. Entendida como el aviso público, para invitar a todos los ciudadanos interesados en participar en la convocatoria para la elección del Contralor General de la República. Corresponde efectuarla a la Mesa Directiva del Congreso de la República, en un término no inferior a dos meses previos al inicio de la primera legislatura que comienza el 20 de julio del año en que inicia también el periodo constitucional del Presidente de la República. En la misma se designará la entidad encargada de adelantar la convocatoria pública y deberá contener como mínimo la siguiente información: a) los factbres que habrán de evaluarse, b) los crit~rios de ponderación que aseguren el acceso en igualdad de oportunidades a los aspirantes, c) fecha de fijación, lugar, fecha y hora de inscripción y término para la misma, d) fecha de publicación de lista de admitidos y no admitidos, e) fecha, hora y lugar de las pruebas de conocimiento, f) trámite de reclamaciones y recursos procedentes, g) fecha, t:Jora y lugar de la entrevista, h) fecha ge publicación de los resultados de la selección y fecha de la elección, i) los demés aspectos que se estimen pertinentes, que tengan relación con el procesd de selección y aseguren la eficacia del mismo. La mesa directIva del Congreso de la República quedará facultada para 1904 adelantar las acciones administrativas y presupuestales para asegurar la designación de la institución de·educación superior en mención. La convocatoria es norma reguladora de todo el proceso de selección y obliga tanto a la administración, como a la entidad contratada para su realización y a los participantes. Contendrá el reglamento de la convocatoria pública, las etapas que deben surtirse y el procedimiento administrativo orientado a garantizar los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad en el proceso de elección. La divulgación de la convocatoria será responsabilidad de la Mesa Directiva del Congreso de la República y podrán emplearse los medios previstos en el