Artículo 1°
". Honores. La República de Colombia exalta la memoria del M¡;.¡esüo; Gilberto Alejandro Durán Díaz-Alejo Durán, Juglar, intérprete, CO('lpositor y músico, meritorio exponente de la Tradición Folclórica de la Costa Caribe Coiml1biana, émulo de nuevas generaciones y constante inspirador. De,:larando el año 2019 como "El año conmemorativo a la vida y obra del Maestro Alejo Durán"\nArtículo 2°. . Escultura. Corro homenaje a su memoria, se autoriza a L.a !\iación construir en el municipio del El Paso, Cesar, una escultura dei Maestro Gilbelto Alejandro Durán Díaz-Alejo Durán, la cual seíá puesta en un lugar referente del respectivo municipio y será encomendada a un escultor coiombiano, escogido con base en un' concurso de méritos que abrirá el Ministerio de Cultura para tal efecto, . '