Artículo 1°
Adiciónese un nuevo artículo a la Parte Flnal de Disposiciones Transitorias de la Ley 5 de 1992, el cual quedará así:
Ley Ordinaria · 1830 · 2017-03-06 · Jerarquía: nivel 5
Adiciónese un nuevo artículo a la Parte Flnal de Disposiciones Transitorias de la Ley 5 de 1992, el cual quedará así:
La Agrupación Politica de ciudadanos en ejercicio que se constituya con el objeto de promover la creación de! futuro partido o movimiento político que surja del tránsito de ¡as FARC-EP a la vida política legal, podrá designar 3 voceros o voceras en cada una de las cámaras en que se divide el CongresG de ia Repúbiica (Se:~ado y Cámara de Representantes) para que p3rticip'3n en el debate de los proyectas de reforma constitucional o ¡eg~~! que sea'') tramitados mediante el Procedimiento Leg;sléllivo Especial para la Paz de que trata el Acto Legislativo 01 de 2016. Estos VOGeros o voceras deberán ser ciudadanos o ciudadanas en ejercicio, y se convocarán a todas las sesiones en que se discutan tales proyectos. Podrán intervenir con las mismas facultades que tienen los Congresistas durante el trámite legislativo, salvo el voto y cumplirán a cabalidad con el reglamento del Congreso. Ei Gobierno Nacional garantizará .los recursos necesBrios para su funcionamiento y trabajo. Parágrafo. E! Presidente de la Mesa ~j ;~:c¡ona¡ de Partk:,ipación Efectiva (h3 las Viciimas, estableCida en 13!_ey í 4411 de :2011, será invit:::¡du 8 todas las sesiones en ¡as que ~e discutan proyectos relacionados con lOS derechos de las víctimas y qu,= sean l!Jnlitados mediante el Procedimiento Leg¡siativo Especia~ para la Paz establecido en el Acto ~egjslativo U1 de 2016, para que sea escuchado en el 1 .¡ - • marco de la sesión informal de conformidad con el artículo 231 de la Ley 5 de 1992.
Vigencia. La presente ley rige a partir de su promulgación. EL PRES¡C .lHe DEL HONORABLE SENADO DE L/I. REPÚBLICA EL SECRETARIO GENERAL DEL HONO . BLE SENADO DE LA REPUBLlCA ,/ GREGORIO ELJACH PAC .ECO' TE - LA, H //Z-Z- ~. ¡ O~:ABLE CAMARA DE REPRESENTANTES EL SECRETARIO C;ENERP.L DE LA HOI'JOR;\BLE CAMARA DE RFPRESf.~.JTN·HES 2 , I LEY ORGANICA-Nó.-' 183O -=---------------------- "POR MEDIO DE lA CUAL SE ADICIONA UN ARTíCULO TRANSITORIO A lA lEY 5 DE 1992". REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL PUBLíQUESE Y CÚMPLASE -6 MAR 2017 Dada en Bogotá, D.C., a los EL MINISTRO DEL INTERIOR, EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARíA
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Ley Ordinaria
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 5
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Función legislativa del Congreso (art. 150 C.P.)