Artículo 1
<Aparte tachado INEXEQUIBLE> Reconózcase la importancia cultural y religiosa del monumento a Cristo Rey, ubicado en el municipio de Belalcázar, departamento de Caldas.
Ley Ordinaria · 1754 · 2015-06-25 · Jerarquía: nivel 5
<Aparte tachado INEXEQUIBLE> Reconózcase la importancia cultural y religiosa del monumento a Cristo Rey, ubicado en el municipio de Belalcázar, departamento de Caldas.
En el ámbito de sus competencias, las Entidades Públicas encargadas de proteger el patrimonio cultural, concurrirán para la organización, protección y conservación arquitectónica e institucional del monumento a Cristo Rey, ubicado en el municipio de Belalcázar, Caldas. El Ministerio de Cultura prestará asesoría técnica en lo de su competencia.
Autorízase al Gobierno nacional, para que contribuya al fomento, promoción, protección, conservación, restauración, divulgación, desarrollo y financiación que demande el reconocimiento del monumento a Cristo Rey, ubicado en el municipio de Belalcázar, Caldas.
El Gobierno nacional, el departamento de Caldas y el municipio de Belalcázar, quedan autorizados para impulsar y apoyar ante otras entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, la obtención de recursos económicos adicionales o complementarios a los que se autorizaren apropiar en el Presupuesto General de la Nación de cada vigencia fiscal, destinados al objeto que se refiere la presente ley.
La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Ley Ordinaria
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 5
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).
Documento oficial: ver original