Artículo 1
Declárese Patrimonio Cultural de la Nación el Festival Internacional de Música Popular Amazonense Finmupa en Leticia: “El Pirarucú de Oro”, el cual se celebra cada año durante el mes de noviembre en la ciudad de Leticia-Amazonas.
Ley Ordinaria · 1705 · 2014-01-08 · Jerarquía: nivel 5
Declárese Patrimonio Cultural de la Nación el Festival Internacional de Música Popular Amazonense Finmupa en Leticia: “El Pirarucú de Oro”, el cual se celebra cada año durante el mes de noviembre en la ciudad de Leticia-Amazonas.
La Nación a través del Ministerio de Cultura, contribuirá al fomento, promoción, protección, conservación, divulgación, desarrollo y financiación de los valores culturales que se originen alrededor del festival del “Pirarucú de Oro”. Así mismo, apoyará el trabajo investigativo en relación con el aporte musical de los amazonenses y las publicaciones en el tema; contribuirá al fomento de la producción musical de la región en los diferentes formatos que las nuevas tecnologías permiten, apoyará la producción fílmica que permita la difusión a nivel nacional e internacional de la cultura amazonense y en general de Colombia; y de igual manera apoyará aquellas manifestaciones y expresiones del Amazonas que también hacen parte del aporte cultural como son: la producción de instrumentos musicales típicos, artesanías y vestuario entre otros.
La Nación, a través del Ministerio de Cultura establecerá un programa de fortalecimiento de las expresiones musicales del Amazonas y contribuirá a su difusión en los establecimientos educativos.
Las autoridades locales, con el acompañamiento del Ministerio de Cultura, seguirán los trámites y procedimientos pertinentes para la inclusión de las tradiciones musicales y dancísticas asociadas al Festival Finmupa: “El Pirarucú de Oro”, en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial del ámbito Nacional y para la elaboración del Plan Especial de Salvaguardia de dicha manifestación reglamentado en el Decreto número 2941 de 2009.
La Nación, a través del Ministerio de Cultura otorgará cada año tres becas, que llevará el nombre de “Pirarucú de Oro” insignia de la música del Amazonas; entre los participantes en el Festival del “Pirarucú de Oro”, para su formación artística profesional. El Ministerio reglamentará sus condiciones, requisitos y bases para el otorgamiento de la beca y fijará su monto.
La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción y promulgación y deroga toda disposición que le sea contraria.
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Ley Ordinaria
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 5
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).
Documento oficial: ver original