Artículo 1
La Nación rinde homenaje al Museo de Arte Moderno de Bogotá en su quincuagésimo aniversario por su contribución, promoción, fomento y protección de las artes plásticas y visuales.
Ley Ordinaria · 1674 · 2013-07-26 · Jerarquía: nivel 5
La Nación rinde homenaje al Museo de Arte Moderno de Bogotá en su quincuagésimo aniversario por su contribución, promoción, fomento y protección de las artes plásticas y visuales.
El Gobierno Nacional contribuirá a la preservación, divulgación y fomento de las obras expuestas en el Museo de Arte Moderno de Bogotá, que ha de protegerse como patrimonio cultural de la Nación, al igual que el edificio sede, obra del maestro Rogelio Salmona.
El Gobierno Nacional en conjunto con el Museo de Arte Moderno de Bogotá diseñará y pondrá en práctica un plan para la creación y fomento de artes plásticas y visuales destinado a los jóvenes colombianos.
La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.
Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Ley Ordinaria
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 5
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).
Documento oficial: ver original