Artículo 21
MECANISMOS DE COORDINACIÓN. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, coordinará las distintas actividades para alcanzar los máximos resultados en los fines y propósitos que persigue esta ley.
Ley Ordinaria · 1672 · 2013-07-19 · Jerarquía: nivel 5
MECANISMOS DE COORDINACIÓN. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, coordinará las distintas actividades para alcanzar los máximos resultados en los fines y propósitos que persigue esta ley.
DE LA IMPORTACIÓN DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, con el apoyo de la DIAN, establecerán un instrumento de control y seguimiento a la importación de aparatos eléctricos y electrónicos usados, reacondicionados, reparados, reconstruidos, con fines de donación, etc. Con el fin de garantizar la aplicación del principio de Responsabilidad Extendida del Productor y asegurar la gestión ambiental diferenciada de estos equipos, al final de su vida útil, cuando sean descartados por el usuario o consumidor final.
DEL MOVIMIENTO TRANSFRONTERIZO DE RAEE. El movimiento transfronterizo de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) se regirá de acuerdo con lo establecido por el Convenio de Basilea y/o las demás directrices internacionales establecidas para tal efecto cuando resulte procedente.
VIGENCIA Y DEROGATORIA. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Ley Ordinaria
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 5
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).
Documento oficial: ver original