Artículo 1
El artículo 99 de la Ley 115 de 1994 quedará así: Artículo 99. Puntajes altos en los exámenes de Estado de la Educación Media, ICFES SABER 11. Al 0,02% de los mejores bachilleres graduados de los niveles 1, 2 y 3 del Sisbén en cada uno de los departamentos del país, que anualmente obtengan los más altos puntajes en los exámenes de Estado de la Educación Media, ICFES SABER 11 se les garantizará el ingreso a programas de educación superior en instituciones del Estado. Además de los 50 bachilleres que obtengan los más altos puntajes en los exámenes de Estado de la educación media, ICFES SABER 11 del país sin importar el nivel del Sisbén o su equivalente. De igual beneficio gozarán los diez mejores bachilleres graduados de zona urbana y los diez mejores bachilleres de zonas rurales de los niveles 1, 2 y 3 del Sisbén de cada departamento y el Distrito Capital que anualmente obtengan los más altos puntajes en los exámenes de Estado realizados por el ICFES. Con un incremento anual proporcional al número de egresados por región.