Por medio de la cual la Nación se vincula y rinde honores al municipio de Sogamoso, en el departamento de Boyacá, con motivo de la Conmemoración de los Doscientos (200) años de haber sido erigida como Villa Republicana, se exaltan las virtudes de quienes adhirieron a la causa de Independencia y se dictan otras disposiciones.

Ley Ordinaria · 1543 · 2012-07-05 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
Articulado
Artículos 1–7 de 7

Artículo 1

La Nación se vincula y rinde honores al municipio de Sogamoso, en el departamento de Boyacá, con motivo de conmemorar sus doscientos años de haber sido erigida como Villa Republicana. Por tal motivo exalta y reconoce las virtudes de quienes adhirieron a la causa de la Independencia.

Artículo 2

El Gobierno Nacional y el Congreso de la República honran y enaltecen con motivo de estas efemérides la noble misión que cumplió el municipio de Sogamoso, que desde el primer momento se adhirió con fervor inigualado a la causa de la emancipación americana y contribuyó con sus servicios a consolidar las ideas de libertad. En un acto patriótico enfiló muchos sogamoseños a las tropas, aportó dinero y las joyas de sus mujeres para el sostenimiento de la lucha emancipadora; así como por los episodios históricos que afianzan y blasonan su prestigio de culta y señorial población del departamento de Boyacá.

Artículo 3

Con motivo de esta conmemoración histórica que se cumple el día seis (6) de septiembre del año 2010, el Gobierno Nacional y el Congreso de la República rendirán honores al municipio de Sogamoso, en cl departamento de Boyacá en la fecha que para tal fin coordine haciendo presencia con una comisión integrada por representantes del Gobierno Nacional y miembros del Congreso de la República.

Artículo 4

Autorícese al Gobierno Nacional para que en cumplimiento de los artículos 150, 334, 341 y 359 de la Constitución Política, incorpore dentro del Presupuesto General de la Nación y/o impulse a través del Sistema Nacional de Cofinanciación, apropiaciones necesarias que permitan la ejecución de las siguientes obras de carácter vital y de interés social para el municipio de Sogamoso: 1. Construcción de la Biblioteca Pública Municipal “Rafael Gutiérrez Girardot”. 2. Recuperación de la infraestructura vial y paisajística del Centro Cultural y Religioso de Morcá. 3. Construcción del Centro Administrativo Municipal. 4. Construcción del Archivo Municipal de Sogamoso.

Artículo 5

Autorícese al Gobierno Nacional para efectuar las apropiaciones presupuestales necesarias para el cumplimiento de los proyectos de que trata el artículo cuarto (4o) de la presente ley. Lo anterior, previa inscripción de los proyectos en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión del Departamento Nacional de Planeación y el cumplimiento de las demás disposiciones legales para acceder a recursos del Presupuesto Nacional mediante cofinanciación.

Artículo 6

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley, podrán concurrir la Nación, el departamento de Boyacá y el municipio de Sogamoso a través de convenios interadministrativos, para ello realizarán las necesarias y correspondientes apropiaciones presupuestales necesarias.

Artículo 7

Esta ley rige a partir de su promulgación.

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Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Documento oficial: ver original

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