Artículo 1
Apruébese el “Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas”, hecho en Brasilia, Brasil, el veintitrés de mayo de dos mil ocho.
Ley Ordinaria · 1440 · 2011-01-28 · Jerarquía: nivel 5
Apruébese el “Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas”, hecho en Brasilia, Brasil, el veintitrés de mayo de dos mil ocho.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o de la Ley 7ª de 1944, el “Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas”, hecho en Brasilia, Brasil, el veintitrés de mayo de dos mil ocho, que por el artículo 1o de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.
La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Ley Ordinaria
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 5
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).
Documento oficial: ver original