Artículo 1
Deróguense los artículos 39 y 40 de la Ley 472 de 1998.
Ley Ordinaria · 1425 · 2010-12-29 · Jerarquía: nivel 5
Deróguense los artículos 39 y 40 de la Ley 472 de 1998.
VIGENCIA. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga y modifica todas las disposiciones que le sean contrarias.
Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.
Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Ley Ordinaria
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 5
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).
Documento oficial: ver original