Adiciónase la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación de que trata el Decreto-ley 265 de 2000, con los siguientes cargos:
Despacho del Procurador General de la Nación
El Procurador General podrá distribuir los nuevos cargos en otras áreas de la Procuraduría para atender necesidades en virtud de ocurrencia de eventos o circunstancias que ameriten mayor atención del Ministerio Público. Lo anterior concordante con el artículo 7o.
Parágrafo 1.
La provisión de los cargos que se crean en este artículo, se realizará de acuerdo con la respectiva apropiación presupuestal.