Artículo 1
La República de Colombia y el Congreso de Colombia se vinculan a la celebración de los cien años del municipio de Calima El Darién en el departamento del Valle del Cauca, que se cumplirán en el mes de septiembre de 2007.
Ley Ordinaria · 1339 · 2009-07-24 · Jerarquía: nivel 5
La República de Colombia y el Congreso de Colombia se vinculan a la celebración de los cien años del municipio de Calima El Darién en el departamento del Valle del Cauca, que se cumplirán en el mes de septiembre de 2007.
A partir de la promulgación de la presente ley y de conformidad con los artículos 334, 339, 341 y 345 de la Constitución Política, se autoriza al Gobierno Nacional para incluir dentro del Presupuesto General de la Nación las apropiaciones presupuestales que se requieran para vincularse a la conmemoración del centenario del municipio de Calima El Darién, así como para la ejecución de las obras de infraestructura de interés social que se requieran, entre las que se encuentran:
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley, se autoriza igualmente la celebración de los contratos necesarios, el sistema de cofinanciación y la celebración de convenios interadministrativos entre la Nación y el departamento del Valle del Cauca y/o el municipio de Calima El Darién.
Esta ley rige a partir de la fecha de su promulgación.
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Ley Ordinaria
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 5
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).
Documento oficial: ver original