Por medio de la cual se derogan las Leyes 178 de 1959, por la cual se provee a la financiación de las Centrales Eléctricas del Cauca, “Cedelca” y la Ley 980 de 2005, por la cual se modifica el artículo 13 de la Ley 178 de 1959 y se dictan otras disposiciones.

Ley Ordinaria · 1334 · 2009-07-21 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1

Deróguese la Ley 178 de 1959, por la cual se provee a la financiación de las Centrales Eléctricas del Cauca, “Cedelca”, y se dictan otras disposiciones.

Artículo 2

Deróguese la Ley 980 de 2005, por la cual se modifica el artículo 13 de la Ley 178 de diciembre 30 de 1959.

Artículo 3

Esta ley rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

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Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Documento oficial: ver original

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