Artículo 1
La República de Colombia y el Congreso de Colombia se vinculan a la celebración del cincuentenario de la fundación del municipio de El Dovio en el departamento del Valle del Cauca, que se cumplieron el día primero (1o) de febrero de 2007.
Ley Ordinaria · 1308 · 2009-06-26 · Jerarquía: nivel 5
La República de Colombia y el Congreso de Colombia se vinculan a la celebración del cincuentenario de la fundación del municipio de El Dovio en el departamento del Valle del Cauca, que se cumplieron el día primero (1o) de febrero de 2007.
A partir de la promulgación de la presente ley y de conformidad con los artículos 334, 339, 341 y 345 de la Constitución Política, se autoriza al Gobierno Nacional para incluir dentro del Presupuesto General de la Nación las apropiaciones presupuestales que se requieran para vincularse a la conmemoración del centenario del municipio de El Dovio, así como para la ejecución de las obras de infraestructura de interés social que se requieran, entre las que se encuentran:
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley, se autoriza igualmente la celebración de los contratos necesarios, el sistema de cofinanciación y la celebración de convenios interadministrativos entre la Nación y el departamento del Valle del Cauca y/o el municipio de El Dovio.
Esta ley rige a partir de la fecha de su promulgación.
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Ley Ordinaria
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 5
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).
Documento oficial: ver original