A partir de la sanción de esta ley y de conformidad con los artículos 334, 341 y 359 numeral 3 de la Constitución Política, autorízase al Gobierno Nacional para incorporar dentro del Presupuesto General de la Nación y/o impulsar a través del Sistema Nacional de cofinanciación las apropiaciones necesarias que permitan la construcción del bloque de laboratorios para el Instituto Tecnológico de Putumayo (ITP), sede en Mocoa, departamento del Putumayo, código BPIN 0020-05931-0000, inscrito en el banco de Proyectos de Inversión Nacional del Departamento Nacional de Planeación, autorizadas por el artículo 6o, numeral 3.3 último inciso del Proyecto de ley aprobado por el Congreso de la República el viernes 4 de mayo de 2007 con el número 201 de 2007 Cámara 1.99 de 2007 Senado, por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006 - 2010.