Por la cual la Nación se asocia a la celebración de los treinta años de actividades académicas de la Universidad de La Guajira, y se dictan otras disposiciones.

Ley Ordinaria · 1292 · 2009-03-26 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
Articulado
Artículos 1–4 de 4

Artículo 1

TREINTA AÑOS DE LA UNIVERSIDAD DE LA GUAJIRA. La Nación se asocia a la celebración de los treinta años de actividades académicas de la Universidad de La Guajira, reconoce en sus directivos, administrativos, docentes, alumnos y egresados, la práctica de la autonomía universitaria, formación humanista e investigativa, el respeto por los valores, especialmente por la diversidad étnica y cultural, el ánimo integracionista y la construcción de una mejor sociedad.

Artículo 2

Autorízase la construcción de una sede de la Universidad de La Guajira en el municipio de Uribia, la cual se denominará Universidad Wayuu.

Artículo 3

FINANCIACIÓN DE INVERSIONES. A partir de la sanción de la presente ley y de conformidad con los artículos 334, 341, 288 y 345 de la Constitución Política y las demás competencias establecidas en la Ley 715 de 2001, el Gobierno Nacional podrá incorporar dentro del Presupuesto General de la Nación y/o impulsar a través del sistema nacional de cofinanciación, las apropiaciones necesarias que permitan la ejecución de las siguientes obras de carácter vital y de interés social para la Universidad de La Guajira: -- Plan de Capacitación de alta calidad Docente (40 magíster, 12 doctorados). -- Fortalecimiento de la práctica y la experimentación académica (Sistema Integral de Laboratorios). -- Infraestructura social y cultural universitaria (Auditorio). -- Restaurante universitario y calidad nutricional. -- Infraestructura deportiva (Polideportivo). -- Adquisición de una planta eléctrica para infraestructura eléctrica alternativa en la Ciudadela Universitaria. -- Adquisición de buses para sistema de transporte estudiantil. -- Plataforma tecnológica. -- Dotación bibliográfica. -- Construcción de una sede en el municipio de Uribia. -- Creación del Centro Etnico Cultural para la preservación de las tradiciones, costumbres, lingüística de la etnia Wayuu, con sede en el municipio de Uribia.

Artículo 4

VIGENCIA. Esta ley rige a partir de su promulgación.

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Documento oficial: ver original

Preguntar a la IA sobre esta norma