Por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración de los 442 años de la fundación de la benemérita ciudad de Ibagué, Capital del Departamento del Tolima, y se autorizan unas inversiones

Ley Ordinaria · 129 · 1994-03-04 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
Articulado
Artículos 1–4 de 4

Artículo 1

La Nación se asocia complacida a la celebración de los 442 años de fundación de la benemérita ciudad de Ibagué, que tuvo lugar el 14 de octubre de 1992.

Artículo 2

Para celebrar dignamente los 442 años de fundación de la Hidalga Villa de San Bonifacio, la Nación se asocia con apoyo financiero para las siguientes obras: a.) Transferencia de recursos al municipio de Ibagué para la construcción de polideportivos, canchas de fútbol, de básquet y demás escenarios deportivos, inversión ésta que será ejecutada a través del municipio. b.) Transferencia de recursos con destino a construcción y reconstrucción de escuelas y colegios oficiales en la ciudad de Ibagué, inversión esta que se canalizará y ejecutará por intermedio del municipio.

Artículo 3

El Gobierno Nacional y específicamente el Ministerio de Hacienda, queda facultado para realizar las correspondientes operaciones presupuestales por intermedio del municipio.

Artículo 4

La presente Ley rige desde su promulgación.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Documento oficial: ver original

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