Por la cual se ordenan unas inversiones y se declara un Monumento Nacional.

Ley Ordinaria · 112 · 1994-01-19 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1

Con cargo al Presupuesto Nacional y de conformidad con la ley preexistente, se apropiarán las partidas correspondientes para la adquisición de terrenos y mejoras y la construcción de la concha acústica de la Universidad Musical de Colombia, con sede en Ibagué, Departamento del Tolima.

Artículo 2

Declárase Monumento Nacional la edificación e instalaciones del Conservatorio de Música "Alberto Castilla" en Ibagué, Departamento del Tolima.

Artículo 3

La presente Ley rige desde su promulgación.

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Documento oficial: ver original

Preguntar a la IA sobre esta norma