Artículo 1
Apruébanse las “Enmiendas a la Constitución de la Organización Mundial de la Salud, OMS: 'Enmiendas al artículo 7o', adoptada por la 18ª Asamblea Mundial de la Salud, el 20 de mayo de 1965; “Modificación de los artículos 24 y 25”, adoptada por la 51ª Asamblea Mundial de la Salud, el 16 de mayo de 1998, y la “Adopción del texto en árabe y de la reforma del artículo 74”, adoptados por la 31ª Asamblea Mundial de la Salud, el 18 de mayo de 1978.