Por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración de los 40 años de la fundación de la Comisaría Especial y actual departamento del Guainía y se dictan otras disposiciones.

Ley Ordinaria · 1048 · 2006-07-26 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
Articulado
Artículos 1–4 de 4

Artículo 1

La Nación se asocia a la celebración de los cuarenta años de fundación del departamento de Guainía y rinde homenaje a la memoria de sus fundadores mediante reconocimiento público y ceremonia especial en la cual se hará la respectiva entrega e imposición de las condecoraciones a los homenajeados.

Artículo 2

Autorízase al Gobierno Nacional para que, bajo los principios de coordinación, concurrencia y subsidiaridad, incluya, dentro del Presupuesto General de la Nación vigencia 2006, apropiaciones presupuestales que permitan la realización de las siguientes obras de interés social: Construcción del Centro departamental de discapacitados en el municipio de Inírida. Construcción del Centro de atención al niño especial en el municipio de Inírida. Construcción y dotación del Centro de Adulto Mayor.

Artículo 3

A partir de la entrada en vigencia de la presente ley, declárase patrimonio cultural y arqueológico de la Nación, los Cerros de Mavicure (Leyenda de la Princesa Inírida), el Fuerte de San Felipe y los petroglifos ubicados en Caranacoa río Guainía, Merey río Atabapo, Tonina río Guainía, Raudal Guacamaya río Guaínía, Raudal Guarinuma río Guainía, Coco Viejo río Inírida, Campo Alegre río Cuyarí y Raudal Piña Caño Yarí.

Artículo 4

La presente ley rige a partir de su promulgación, sanción y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. La Presidenta del honorable Senado de la República, CLAUDIA BLUM DE BARBERI. EMILIO RAMÓN OTERO DAJUD. JULIO E. GALLARDO ARCHBOLD. ANGELINO LIZCANO RIVERA. REPUBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL ÁLVARO URIBE VÉLEZ. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA. La Ministra de Cultura, ELVIRA CUERVO DE JARAMILLO.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Documento oficial: ver original

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