Artículo 1
Declárase patrimonio cultural de la Nación el Desfile de los Genitores, que se celebra en la ciudad de Ocaña, municipio del departamento de Norte de Santander.
Ley Ordinaria · 1046 · 2006-07-26 · Jerarquía: nivel 5
Declárase patrimonio cultural de la Nación el Desfile de los Genitores, que se celebra en la ciudad de Ocaña, municipio del departamento de Norte de Santander.
La Nación, a través del Ministerio de Cultura, contribuirá al fomento, promoción, protección, conservación, divulgación, desarrollo y financiación del Desfile de los Genitores.
Para el debido cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, el Gobierno Nacional podrá de conformidad con sus atribuciones constitucionales y legales, incorporar las apropiaciones necesarias en el Presupuesto General de la Nación.
La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción y promulgación. La Presidenta del honorable Senado de la República, CLAUDIA BLUM DE BARBERI EMILIO RAMÓN OTERO DAJUD. JULIO E. GALLARDO ARCHBOLD ANGELINO LIZCANO RIVERA. REPUBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA. La Ministro de Cultura, ELVIRA CUERVO DE JARAMILLO.
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Ley Ordinaria
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 5
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).
Documento oficial: ver original