Por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración de los 78 años de existencia de una institución de servicio a la comunidad.

Ley Ordinaria · 1035 · 2006-07-25 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 1

La Nación se asocia a la celebración de los 78 años de existencia de los clubes Rotarios en Colombia, mediante la organización del primero de ellos en la ciudad de Barranquilla, el 30 de diciembre de 1926, constituyéndose así en primer club de servicio a la comunidad en Colombia.

Artículo 2

Esta ley rige a partir de la fecha de su sanción. La Presidenta del honorable Senado de la República, CLAUDIA BLUM DE BARBERI. EMILIO RAMÓN OTERO DAJUD. JULIO E. GALLARDO ARCHBOLD. ANGELINO LIZCANO RIVERA. REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL ÁLVARO URIBE VÉLEZ La Ministra de Cultura, ELVIRA CUERVO DE JARAMILLO.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Documento oficial: ver original

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