Por medio de la cual la República de Colombia rinde homenaje a los Festivales de Música Folclórica del departamento de Santander y se dictan otras disposiciones.

Ley Ordinaria · 1007 · 2006-01-23 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1

Declárese Patrimonio Cultural y Artístico de la Nación los siguientes Festivales del departamento de Santander: Festival de Bandas y Festival de Acordeones del Río Grande de la Magdalena (Barrancabermeja); Festival del Torbellino y el Requinto (Puente Nacional); Festival Guane de Oro (San Gil); Concierto “Nace una Estrella”, en homenaje al natalicio del Maestro José A. Morales (Socorro); Festival de la Guabina y el Tiple (de Vélez).

Artículo 2

Autorícese a la Nación a través del Ministerio de la Cultura y demás entidades del sector, contribuir al fomento, promoción, protección, divulgación y desarrollo de los valores culturales que se originen alrededor de la cultura y del folclor colombiano.

Artículo 3

La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción. La Presidenta del honorable Senado de la República, CLAUDIA BLUM DE BARBERI. EMILIO RAMÓN OTERO DAJUD. JULIO E. GALLARDO ARCHBOLD. ANGELINO LIZCANO RIVERA. REPUBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL ÁLVARO URIBE VÉLEZ La Ministra de Cultura, MARÍA CONSUELO ARAÚJO CASTRO.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Documento oficial: ver original

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