Artículo 1
Prorrógase por un (1) año la vigencia del Decreto 2651 de noviembre 25 de 1991, con excepción de lo previsto en los artículos 39, 44, 54, 59, 61 y 62 del mismo.
Decreto con Fuerza de Ley · 192 · 1995-06-29 · Jerarquía: nivel 6
Prorrógase por un (1) año la vigencia del Decreto 2651 de noviembre 25 de 1991, con excepción de lo previsto en los artículos 39, 44, 54, 59, 61 y 62 del mismo.
La presente Ley rige a partir del 10 de julio de 1995, deroga las disposiciones que le sean contrarias y complementa las demás.
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Decreto con Fuerza de Ley
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 6
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).
Documento oficial: ver original