Artículo 1°
, Aceptación de Renuncia. Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por la señora Luz Marina Valencia Peláez, identificada con la [documento omitido], al cargo de Notaria Primera (1) en propiedad del Círculo Notarial de Chinchiná - Cauca, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este acto administrativo. Parágrafo: La señora Luz Marina Valencia Peláez no podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba remplazarla. DECRETO NÚMERO 0996 Página 2 de 2 Continuación del Decreto ·Por el cual se acepta la renuncia de la Notaria Primera del Círculo Notarial de Chinchiná Caldas"\nArtículo 2°. . Comunicación. Comunicar el contenido del presente decreto a través del Ministerio de Justicia y del Derecho.