Por el cual se corrige un error formal del Decreto No. 0835 del 4 de julio de 2024

Decreto · 994 · 2024-08-02 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 1°

._ CORREGIR. Corríjase el artículo 10 del Decreto No. 0835 del 4 de julio de 2024, el cual, quedará así:

Artículo 3°

._ Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. PUBlíQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá OC, a lUIS Gil 2AGO 202 RTO MURlllO URRUTIA Relaciones Exteriores

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

Preguntar a la IA sobre esta norma