Por el cual se modifica la remuneración de los servidores públicos docentes y directivos

Decreto · 982 · 2017-06-09 · Jerarquía: nivel 7

Derogado
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La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 21–22 de 22

Artículo 21°

. COMPETENCIA PARA CONCEPTUAR. El Departamento Administrativo de la Función Pública es el órgano competente ,para conceptuar en materia salarial y prestacional. Ningún otro órgano puede arrogarse esta competencia.

Artículo 22°

. . Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación, deroga los Decretos 122 de 2016, el Decreto 123 de 2016 en especial los numerales 1, 2, Y 3 del

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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