Administración de la Cuenta de Liquidez para atender el Pago de los Bonos Pensionales a cargo de la Nación y determinación del monto para la emisión de los Títulos de Tesorería TES Clase B con destino a la "Cuenta de Liquidez". La Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, administrará una cuenta independiente, que se denominará "Cuenta de Liquidez", con el objetivo de suministrar la liquidez para el pago de los bonos pensionales a cargo de la Nación, en los términos del inciso segundo del artículo 77 de la Ley 2008 de 2019. 097 3 de 3 Continuación se reglamenta parcialmente el artículo de la 2008 de 2019 por medio se el de y Recursos de diciembre Capital y Apropiaciones para la vigencia de 2020" Público, solicitud la del Ministerio Hacienda y Pensionales, determinará el monto para la emisión los Títulos a la Clase B con de Liquidez", que con el producto de procesos de los bonos pensiona les trata el la administración de la "Cuenta Liquidez", la Tesoro del Ministerio Hacienda y de compraventa de títulos y colocación Banco la República, Crédito Público y operaciones en el reintegros provenientes de las entidades receptoras la expedición Títulos de originado en la Liquidez" a se hayan proceso de pago, depositados Clase B, artículo. que se con los recursos de la el presente artículo, no generarán presupuestal en el parágrafo del artículo 77 de la Ley 2008 de 2019. Liquidez" de trata conforme con lo previsto Liquidez" al final los recursos en la "Cuenta La disponibilidad por la a 2020, junto con los rendimientos Nacional del Ministerio de y la Dirección General Crédito Público y proceder a la liquidación de y posteriormente Público, unidad la mencionada cuenta.