Artículo 1.1.1.1
del Decreto 1070 de 2015, la formulación y adopción de las políticas, planes generales, programas y proyectos para la defensa de la soberanía, la independencia y la integridad territorial y la seguridad en el territorio, así como el mantenimiento del orden constitucional y la garantía de la convivencia democrática. Que el Decreto 4748 de 2010 "Por el cual se modifica el Decreto 2134 de 1992", señaló que "El Consejo de Seguridad Nacional es el máximo órgano asesor del Presidente de la República para la toma de decisiones en materia de seguridad nacional, asesorará en el proceso de formulación, implementación y seguimiento de políticas de seguridad nacional, con el objetivo de coordinar los esfuerzos de los Ministerios y otras entidades del Estado"; Que, por las consideraciones expuestas, existe la necesidad de crear una ruta que brinde alternativas de retorno a la legalidad de manera individual a los integrantes de los grupos armados organizados (GAO) para que se incorporen a un proyecto de vida digna y segura, como estrategia del Estado frente a la necesidad de desarticular las diferentes expresiones de criminalidad. Que a través del Decreto 601 de 2020, se facultó al Alto Comisionado para la Paz para verificar la voluntad real de paz y reinserción a la vida civil, así como la voluntad de sometimiento a la justicia de los Grupos Armados Organizados (GAO). Que con el fin de coordinar y viabilizar la ruta para el sometimiento individual de integrantes de Grupos Armados Organizados (GAO) se requiere la creación de una instancia que permita alcanzar los fines de la medida adoptada. Que dadas las circunstancias anteriores, es necesario fijar condiciones, que de manera precisa y clara, permitan establecer competencias, asignar funciones y desarrollar los procedimientos para acceder a los beneficios por sometimiento a la justicia, Que, con el fin de respetar los principios de racionalización y simplificación del ordenamiento jurídico, tendientes a asegurar la eficiencia económica y social del sistema legal y para afianzar la seguridad jurídica, se hace necesario adicionar el Decreto 1069 de 2015. Que en virtud de lo expuesto, DECRETA: