Convocatoria y conformación de la terna para la designación de comisionados ciudadanos. uno los sectores mencionados en el artículo 66 de la 1474 2011, habrá una convocatoria para conformación la Comisión Nacional Ciudadana de la terna de los aspirantes a comisionados para la Lucha contra la Corrupción. En convocatoria se aplicarán criterios, procedimientos, protocolos y esquemas que garanticen la transparencia, democratización y participación ciudadana. ¡JI Jl,V DE Página 4 de 7 "Por medio del cual se reglamenta el artículo 67 de la Ley 1474 de 2011 y se agrega un capítulo al Título 4 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1081 de 2015, por el cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República" En cada sector, la convocatoria y conformación de las ternas será responsabilidad de los siguientes sujetos: a. La convocatoria y la conformación de la terna de los Gremios Económicos será responsabilidad de la Mesa Directiva del Consejo Gremial Nacional. Dicha convocatoria deberá fomentar y permitir la postulación de candidatos de otros gremios y asociaciones empresariales. b. La convocatoria y la conformación de la terna de las Organizaciones No Gubernamentales dedicadas a la lucha contra la corrupción será responsabilidad del Consejo Directivo de la Confederación Colombiana de ONG (CCONG). Dicha convocatoria deberá fomentar y permitir la postulación de candidatos de Organizaciones No Gubernamentales dedicadas a la lucha contra la corrupción, afiliadas y no afiliadas a la CCONG. La convocatoria se dirigirá a quienes se encuentren inscritos en el Registro Único Empresarial (RUE), en atención a lo dispuesto en el artículo 166 del Decreto 019 de 2012 . c. La convocatoria y conformación de la terna de las universidades será responsabilidad del Consejo Directivo de la Asociación Colombiana de Universidades - ASCUN-. Dicha convocatoria deberá fomentar y permitir la postulación de candidatos de universidades afiliadas y no afiliadas a la Asociación. d. La convocatoria y conformación de la terna de los medios de comunicación será responsabilidad de la Junta Directiva de la Asociación Nacional de Medios de Comunicación -ASOMEDIOS-. Dicha convocatoria deberá fomentar y permitir la postulación de candidatos de medios afiliados y no afiliados a la Asociación. e. La Dirección para la Democracia, Participación Ciudadana y Acción Comunal del Ministerio del Interior, será responsable de la convocatoria en el sector de veedurías ciudadanas. Para ello, se establecerá, mediante Resolución, las condiciones y trámite de la convocatoria, asr como el procedimiento que deba agotarse para la conformación de la terna por parte del respectivo sector. La convocatoria se dirigirá a las veedurías ciudadanas que se encuentren inscritas en el Registro Único Empresarial (RUE) y en las personerías municipales y distritales, tal como lo exigen la Ley 850 de 2003 y el Decreto 019 de 2012. DECREIfQI ,_o ' 5 de 7 el artículo 67 de la Ley de 2 del Decreto 1081 1 del Único del Sector Presidencia de la rt:>nU;¡nlt:>n:r,;) y conformación de la terna del responsabilidad de la Mesa Directiva del Planeación Nacional de g. La convocatoria y conformación de la terna de las Organizaciones Sindicales será responsabilidad la Central Unitaria de Trabajadores la Confederación del Trabajo (CGT) y la Trabajadores Colombia (CTC), quienes postularán, cada una, un candidato. Dicha agremiados y no fomentar y permitir la postulación a dichas organizaciones. h. La convocatoria y 1"t"\lnTI"I,rrn la terna de la Conciencia y de Confederación. (CON Parágrafo. convocatoria y conformación de las iniciarse con una antelación a tres (3) meses, contados a partir de del vencimiento los periodos de los representantes. La convocatoria calendario, tiempo dentro del de los sujetos a que se durante, por lo menos, quince (15) días deberá permanecer publicada en los portales web