Artículo 2.2.6.12.5.1
Lineamientos operativos para el Subsistema de Evaluación y Certificación de Competencias. El Ministerio del Trabajo emitirá en un tiempo de seis (6) meses a partir de la expedición del presente Capitulo, un acto administrativo que contenga los lineamientos operativos del Subsistema de Evaluación y Certificación de Competencias, en el marco del Sistema Nacional de Cualificaciones (SNC). DECRETO No. 947 DE 2022 HOJA 11 de 11 Continuación del Decreto: "Por el cual se adiciona el Capítulo 12 al Título 6 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo, en lo relacionado con la reglamentación del Subsistema de Evaluación y Certificación de Competencias (SECC) como un componente del Sistema Nacional de Cualíficaciones"\nArtículo 2°. 2.6.12.5.2. El Servicio Nacional de Aprendizaje SENA como entidad evaluadora y certificadora de competencias. El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) podrá continuar evaluando y certificando las competencias de las personas, en su calidad de organismo público encargado de cumplir con la función social de prestar este servicio en forma gratuita para sus beneficiarios y en consonancia con lo dispuesto en el presente Decreto, en el marco del Sistema Nacional de Cualificaciones.