Artículo 1°
Objeto. El presente decreto tiene por objeto emitir lineamientos para el pago de la deuda del Sistema de Salud de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, de las obligaciones causadas por concepto de acreencias de los servicios y tecnologías en salud, prestados por las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud-IPS y el Hospital Militar Central, registradas en la cuenta fiscal de la vigencia 2020 por cada uno de los administradores del Fondo Cuenta del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares y del Fondo Cuenta del Subsistema de Salud de la Policía Nacional. DECRETO NÚMERO 941 DE 2021 PÁGINA 4 DE 9 Continuación del Decreto: "Por el cual se reglamenta el artículo 94 de la Ley 2063 de 2020, para efectos del saneamiento de la deuda del Sistema de Salud de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional."\nArtículo 2°. Ámbito de aplicación. Las disposiciones previstas aplican al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Ministerio de Defensa Nacional, al Sistema de Salud de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional-SSMP, a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPS y al Hospital Militar Central, según lo determinado en el objeto del presente decreto.