Por medio del cual se modifica el Decreto 0289 del 2024

Decreto · 927 · 2024-07-22 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–5 de 5

Artículo 1°

Modificación del artículo 1 del Decreto 0289 del 2024. Modifíquese el

Artículo 2°

del Decreto 0289 de 2024, el cual quedará así : "Artículo 2. Secretario General del Senado de la República grado 14 y Secretario General de la Cámara de Representantes grado 14. A partir del 10 de enero de 2024, el Secretario General del Senado de la República grado 14 y el Secretario General de la Cámara de Representantes grado 14 devengarán como asignación básica mensual total la suma equivalente a veintinueve millones setecientos mil trescientos ocho pesos ($29.700.308) m/cte. "\nArtículo 3°. Modificación del artículo 3 del Decreto 0289 de 2024. Modifíquese el

Artículo 3°

del Decreto 0289 de 2024, el cual quedará así : "Artículo 3. Director General Administrativo del Senado de la República grado 14 y el Director Administrativo de la Cámara de Representantes grado 14. A partir del 10 de enero de 2024, el Director General Administrativo del Senado de la República grado 14 y el Director Administrativo de la Cámara DECRETO NÚMERO 0927 medio del cual se Continuación del Hoja N°. 3 de 4 2024 el Decreto nación básica total ocho pesos ($29.700.308) Representantes veintinueve millones mIde.

Artículo 4°

Modificación del arlículo 4 del Decreto 0289 de 2024. Modifíquese el

Artículo 5°

"Artículo uese el Prima mensual gestión. A partir del 1° de enero los Secretarios Generales de ambas Corporaciones tendrán derecho a percibir una prima de gestión, equivalente a tres mi cuatrocientos mil ciento ntidós pesos ($3.480.1 m/cte. Para Subsecretarios del Senado de Representantes, los Secretarios ambas la prima mensual gestión será equ y cinco mil noventa y ocho pesos ($ 2 a dos m Director Administrativo del de la Repúbl m/cte., y de Representantes la prima Director ministrativo de corresponderá a dos millones ochocientos cuarenta y ocho mil setecientos y cuatro ($ 2.848.744) m/cte. gestión sesenta y ambas ochocientos la prima mensual y tres mil qu mIde Para los Subsecretarios de las isiones Constitucionales y Legales permanentes de ambas corporaciones, los Sección de Relatoría y Sección de Grabación Sección de de la Repúb de las dos corporaciones y el la prima me de gestión uivalente a la d entre la asig que básica de cargos y el cincuenta por ciento (50%) Comisiones y grado 12 gestión. concepto básica y La diferencia el resultado del cincuenta por ciento (50%) prima de gestión los Secretarios mensual más Constitucionales y Legales Permanentes grado 12 y la empleos a se el inciso como factor para reconociendo. la asignación básica las Comisiones DECRETO NÚMERO 0927 DE 2024 Hoja N°. 4 de 4 Continuación del decreto, Por medio del cual se modifica el Decreto 0289 del 2024. Parágrafo. En ningún caso, la prima de gestión de qué trata el presente artículo constituirá factor salarial para ningún efecto legal"\nArtículo 6°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto 0289 de 2024 y surte efectos fiscales a partir del 1 de enero de 2024 . 0 PUBLíQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D. C., a los EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO , RICARDO BONILLA GONZÁLEZ EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA, ¿, CÉSAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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