Por el cual se fija la proporción en que debe distribuirse el Impuesto de Industria y

Decreto · 927 · 2018-05-28 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 1°

Fíjese la siguiente proporción en que debe distribuirse el Impuesto de Industria y Comercio - ICA, , entre los municipios afectados por las obras de captación, túnel de conducción, almenara y casa de máquinas de la Central de Generación Eléctrica San Miguel: Municipios Área (Hectáreas) San Francisco San Luis 1.484 5.860 Factor de Proporcionalidad 20.207 79.793 TOTAL 7.344 100%

Artículo 2°

Equivalente en kW 10.912 43.088 54.000 El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. PUBLíQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D. C., 28 MAY2018 (111. ZAPATA Ministro de Mi as y Energía

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Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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