Por el cual se deroga el artículo 7 del Decreto 1362 de 2011, modificado por los Decretos 177 de 2012 y 603 de 2013

Decreto · 917 · 2013-05-08 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 1

Deróguese el artículo 7 del Decreto 1362 de 2011, modificado por los Decretos 177 de 2012 y 603 de 2013.

Artículo 2

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación ENE /mouro Code MAURICIO CARDENAS SANTAMARIA El Ministro de Salud y Protección Social, IO EAN URIBE El Ministro del Trabajo, Miuh Ll RAFAEL PARDO RUEDA La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Nilton ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; Normograma-por-tematica-minsalud-2013.zip · hoja DECRETOS · fila 10), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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