Por el cual se modifica la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar

Decreto · 915 · 2025-08-13 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–9 de 9

Artículo primero

del artículo 203 de la Ley 2294 de 2023 mediante la cual se expide el Plan DECRETO NÚMERO 0915 DE 2025 Página 2 de 7 Continuación del Decreto : "Por el cual se modifica la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Nacional de Desarrollo 2022-2026 "Colombia Potencia Mundial de la Vida", indicó que "Con el fin de asegurar el tránsito institucional hacia la estructuración del Sistema Nacional de Justicia Familiar, el parágrafo 1 del artículo 5 y el artículo 44 de la Ley 2126 de 2021, entrarán a regir a partir del 1 de julio de 2024". Que el artículo 203 de la Ley 2294 de 2023 mediante la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 "Colombia Potencia Mundial de la Vida", creó el Sistema Nacional de Justicia Familiar como un conjunto de actores, políticas, programas, estrategias, principios , normas y rutas de articulación para la atención, prevención, promoción y restablecimiento de derechos de las personas, de manera prevalente de las niñas , niños y adolescentes, que sean víctimas o estén en riesgo de cualquier forma de vulneración dentro del contexto de la familia; cuya estructuración tiene como eje el fortalecimiento de las Defensorías de Familia, las Comisarías de Familia y demás autoridades administrativas encargadas de la protección integral y restablecimiento. de los dérechos de la infancia, la adolescencia y las familias, garantizando la capacidad administrativa, financiera, cobertura territorial y las condiciones necesarias para la . . prestación óptima de sus servicios. Que como parte del proceso de mejoramiento salarial es necesario modificar la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, a fin de que 208 (Doscientos ocho) cargos de Profesional Universitario Código 2044 - Grado 11, establecidos en el

Artículo 3°

del Decreto 1479 de 2017, modificado por el artículo 2 del Decreto 880 de 2020 y posteriormente por el artículo 3 del Decreto 2280 de 2023 sean mejorados salarialmente en cargos iguales o equivalentes. Que e! Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, aprobó la modificación de la planta de personal de la entidad, mediante acta 206 de la sesión del 28 de mayo de 2024 y acta 210 de la sesión del 10 de octubre de 2024 . Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, emitió viabilidad presupuestal para modificar la planta de personal, del instituto Colombiano de Bienestar Familiar, mediante oficio radicado 2-2025-015881 del 12 de marzo de 2025. Que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 modificado por el artículo 228 del Decreto-Ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.12 .1 a 2.2.12 .3 del Decreto 1083 de 2015, para efectos de modificar la planta de personal. Que, en consecuencia, el Departamento Administrativo de la Función Pública encontró la propuesta ajustada técnicamente, por lo que emitió concepto favorable mediante radicado No. 20254000195461 del 10 de abril de 2025. Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República otorgó concepto favorable a la modificación de la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, mediante oficio radicado OFI25-00089790/GFPU 13000000 de 15 de mayo de 2025 . DECRETO NÚMERO 0915 DE 2025 Página 3 de 7 Continuación del Decreto: "Por el CUAl .se modifica la .olalita de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Que, en mérito de lo expuesto, DECRETA

Artículo 1°

Supresión de empleos. Suprímase de la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, establecida en el artículo 3 del Decreto 1479 de 2017, modificado por el artículo 2 del Decreto 880 de 2020 y el artículo 3 del Decreto 2280 de 2023, los siguientes empleos. Número de cargos · 208 (Doscientos ocho) Denominación del empleo Planta Global Profesional Universitario Código Grado . 2044 11

Artículo 2°

Creación de empleos. Créanse en la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar los siguientes empleos. Número de cargos 113 (Ciento trece) 208 (Doscientos ocho) 339 (Trescientos treinta nueve) Denominación del empleo Planta Global · Defensor de Familia · Profesional Especializado y Profesional Universitario Código . Grado ' 2125 2028 2044 19 13 09

Artículo 4°

Derechos de los empleados de carrera administrativa por supresión del empleo. A los empleados cuyos cargos se suprimen en el presente Decreto se les garantizarán los derechos y garantías laborales, en los términos previstos en la normativa vigente.

Artículo 5°

Incorporación. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) deberá adoptar las medidas para la implementación del presente Decreto y efectuar las incorporaciones a que haya lugar, de conformidad con las disponibilidades presupuestales de cada vigencia, así como con las disposiciones contenidas en el artículo 81 del Decreto Ley 1042 de 1978. Hasta tanto se produzca la incorporación, los servidores deberán seguir cumpliendo las funciones asignadas a los cargos que vienen desempeñando y continuarán percibiendo la remuneración señalada para el respectivo empleo.

Artículo 6°

Provisión de empleos. La provisión de los empleos creados en el artículo 2° del presente Decreto deberá hacerse de conformidad a lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015, y demás disposiciones sobre la materia, y hasta la concurrencia de las apropiaciones presupuestales de cada vigencia.

Artículo 7°

Distribución de empleos. La Directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, distribuirá los cargos de la planta global y ubicará al personal de conformidad con la normativa vigente, teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio de la entidad. '. DECRETO NÚMERO 0915 DE 2025 Página 6 de 7 Continuación del Decreto : .. Por el cual se modifica la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

Artículo 8°

Vigencia y derogatorias. El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 1479 de 2017, el Decreto 880 de 2020 , el Decreto 2280 de 2023. PUBLÍQUESE y CÚMPLASE 13 Dado en Bogotá D.C., a los EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, GERMAN ÁVILA PLAZAS EL MINISTRO DE IGUALDAD Y EQUIDAD, RLOS FLORIAN SILVA DECRETO NÚMERO 0915 DE 2025 Página 7 de 7 Continuación del Decreto: "Por el cual se modifica la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. LA DIRECTORA PÚBLICA, DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN 1 . / BARRA~EL ~ ~J cJ~ OA--LL~ MARIELA DEL SO O ,--­ ~ TRÁN

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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