Artículo 2.2.1.5.18
Representantes de los grupos étnicos de la Región. Tratándose de Comunidades Indígenas y ROM, el representante será designado a través de la Mesa Permanente de Concertación - MPC. En cualquier caso, la persona designada debe pertenecer a la jurisdicción de la Región Administrativa de Planeación - RAP. Para las comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, los representantes serán designados por la Comisión Consultiva de Alto Nivel para Comunidades Negras. En cualquier caso, la persona designada deberá pertenecer a la jurisdicción de la Región Administrativa de Planeación - RAP.