Artículo 1°
Ley seca. Queda prohibida la venta y el consumo de bebidas municipios en los cuales se llevará a cabo la jornada de embriagantes en participación democrática de las consultas populares, internas e interpartidistas, la toma decisiones de los partidos, movimientos políticos y/o grupos significativos desde (6:00) de la del sábado 25 mayo hasta las (6:00) de la lunes de 2019. Parágrafo. Los gobernadores y de conformidad con lo decidido en consejos departamentales y municipales de seguridad o en los correspondientes 15 1991 Y los artículos comités de orden público de que tratan los Decretos 1.1.17. y 1.118. del Decreto 1066 de 2015, así como el parágrafo 1° del