Artículo 1°
Asignaciones básicas. A partir del 1° de enero de 2023, se fija la siguiente escala de asignación básica mensual para los empleos del Senado de la República y de la Cámara de Representantes contemplados en la Ley 5a de 1992 y demás disposiciones que la modifiquen .0 sustituyan. Grado Asignación básica 1 3.370.257 ' 3.617.979 . 3.890.872 . 4.705.201 5.648.078 6.661.441 7.309.326 8.198.617 8.377.439 9.114.840 9.296.304 13.112.024 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 ! / ,. Decreto Número 0892 de 2023 Hoja 2 Continuación del Decreto "Por el cual se fija la escala salarial para los empleos públicos del Congreso de la República y se dictan otras disposiciones en materia salarial." Parágrafo. Los empleados públicos del Congreso a que se refiere el presente artículo disfrutarán de las asignaciones básicas señaladas en él y sus prestaciones y primas serán las mismas de los empleados públicos de la Rama Ejecutiva del Poder Público del nivel nacional.