Por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores

Decreto · 869 · 2016-05-25 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 21–23 de 23

Artículo 26°

GESTiÓN INTEGRAL DE LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS Y CONSULADOS. Los Consulados ejercerán sus funciones bajo la dirección y orientación de los Embajadores designados en el respectivo país de su jurisdicción, con el objeto de garantizar la gestión integral de la política exterior y migratoria, las relaciones bilaterales y multilaterales, la promoción de los intereses del país y la protección de sus nacionales. Para los trámites de orden documental, los cónsules y funcionarios encargados de funciones consulares mantendrán autonomía bajo las directrices de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano. CAPITULO V. ORGANOS INTERNOS DE DIRECCiÓN, ASESORíA Y COORDINACiÓN. ARTíCULO 27. ÓRGANOS INTERNOS DE DIRECCiÓN, ASESORíA Y COORDINACiÓN. La composición y funciones del Consejo Académico de la Academia Diplomática, el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, la Comisión de Personal de Carrera Diplomática y Consular, La Comisión de Personal de Carrera Administrativa, El Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo y el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo, se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia. CAPITULO VI. FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 28°

FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES. El Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, creado por el Decreto 0020 de 1992, es una Unidad Administrativa Especial del Orden Nacional, dotado de personería jurídica y patrimonio propio, adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores. La gestión del Fondo Rotatorio se cumplirá, en lo pertinente, a través de la estructura, procesos y la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores. El Ministro de Relaciones Exteriores adoptará las medidas conducentes para la organización administrativa del Fondo, con sujeción a lo dispuesto en el Decreto 0020 de 1992. DE _ _ _ __ Hoja número 25 Por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones.

Artículo 29°

VIGENCIA Y DEROGATORIAS. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos 3355 de 2009 y 2674 de 2013, y las demás disposiciones que le sean contrarias. Dado en Bogotá, D.C ., PUBLíQUESE y CÚMPLASE. 25 NlAY 2016 LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES I k ' llll&lt l :' ') , u~ ~ ~ ',üJ\ll:: II ." RIA ANGE : 11 HOLGUIN CheLLAR EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO I v / iA NJ~' vvo ~~ ~ v--:J P LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNC!ÓN PÚBLICA ,MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARíA

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

Preguntar a la IA sobre esta norma