Artículo 1.6.6.3.2
del Capítulo 3 del Título 6 de la Parte 6 del Libro 1 del presente Decreto". DECRETo 860 DE Página 2 de 4 Continuación del Decreto "Por el cual se modifican los artículos 1.6.1.13.2.22., 1.6.1.13.2.23. Y 1.6.1.13.2.24. de la Sección 2 del Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria". Que con base en lo indicado en el considerando anterior, en donde se amplía el plazo para que la Agencia de Renovación del Territorio (ART) seleccione y apruebe las solicitudes de los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios a vinculación del impuesto a "obras por impuestos", se requiere modificar los artículos 1.6.1.13.2.22., 1.6.1.13.2.23. Y 1.6.1.13.2.24. del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria para ampliar hasta el treinta y uno (31) de agosto de 2022, el plazo de presentación de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, pagar la primera (1) cuota, la segunda (2) o la tercera (3) cuota cuando la solicitud de vinculación del impuesto a "obras por impuestos" no haya sido aprobada o consignar los recursos a la fiducia destinados a la obra o proyecto cuando haya sido aprobada dicha solicitud. Que el presente proyecto de decreto se publicó para comentarios de la ciudadanía en la página web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público por cinco (5) días calendario, de conformidad con lo previsto en los artículos 3 y 8 de la Ley 1437 de 2011 y de lo dispuesto por el Decreto Único 1081 de 2015, modificado por los Decretos 270 de 2017 y 1273 de 2020, considerando que se requiere ampliar el plazo que vence el treinta y uno (31) de mayo de 2022, como se explicó en los considerandos anteriores. En mérito de lo expuesto, DECRETA