Por el cual se reglamenta el parágrafo 1° del artículo 7° de la Ley 1438 de 2011".

Decreto · 859 · 2014-05-06 · Jerarquía: nivel 7

Derogado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Derogado» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 1–11 de 11

Artículo 1

Objeto, De conformidad con ¡o previsto en el parágrafo 1 del artículo 7 de la Ley 1438 de 2011, créese una Comisión Intersectorial de Salud Pública y + A p Xx _ a y / DECRETO NÚMERO .. -- 8593 DE 2014 HOJANo. 2de7 reglaméntese su finalidad, integración, funciones y otros aspectos operativos de la misma.

Artículo 2

Finalidad de la Comisión Intersectorial de Salud Pública. La Comisión Intersectorial de Salud Pública será la instancia de coordinación y seguimiento entre los diferentes sectores responsables en el desarrollo del Plan Decenal de Salud Pública, adoptado por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Artículo 3

Integrantes de la Comisión Intersectorial de Salud Pública. La Comisión estará integrada por: El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado. El Ministro de Salud y Protección Social o su delegado, quien la presidirá; El Ministro de Trabajo o su delegado; El Ministro de Minas y Energía o su delegado; El Ministro de Educación Nacional o su delegado; El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible o su delegado; El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio o su delegado; El Ministro de Transporte o su delegado; El Ministro de Cultura o su delegado; 10. El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia o su delegado; 11.El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado; y 12.El Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social o su delegado; OPADRALPNA

Artículo 4

Funciones de la Comisión Intersectorial de Salud Pública. La Comisión de que trata el presente decreto tendrá las siguientes funciones: 1. Recomendar los lineamientos técnicos para identificar e intervenir los determinantes en salud y coordinar el rol de cada sector en los mismos. 2. Adoptar un Plan de trabajo para que las entidades que forman parte de la Comisión, conforme a sus competencias, actúen de forma coordinada sobre los determinantes en salud y desarrollen políticas que impacten positivamente los mismos. 3. Proponer planes o proyectos relacionados con la modificación positiva de los determinantes en salud. 4. Coordinar y servir como instancia de concertación y articulación con los diferentes actores públicos y privados para actuar sobre los determinantes en salud. 5. Proponer los mecanismos institucionales, políticos, administrativos, sociales, económicos y culturales, que permitan la sostenibilidad de las acciones sobre los determinantes en salud en el largo plazo. 6. Adoptar una metodología de seguimiento y evaluación de las metas del Plan Decenal de Salud Pública y las modificaciones relacionadas con las mismas. yr -— DECRETO NÚMERO 859 DE 2014 HOJANo. 3de7 7. Promover los mecanismos de cooperación entre entidades nacionales e internacionales, en materias relacionadas con los determinantes en salud. 8. Hacer seguimiento a las acciones sobre los determinantes en salud con base en los informes que consolide la Secretaría Técnica. 9. Orientar la formulación de lineamientos técnicos dirigidos a los departamentos, distritos y municipios, con el fin de promover la gestión transectorial para la ejecución de las acciones del Plan Decenal de Salud Pública que le compete a las entidades territoriales a través de los Consejos Territoriales de Seguridad Social en Salud y con la participación de las otras instituciones y organizaciones involucradas con los determinantes en salud. 10.Aprobar los informes de seguimiento y evaluación e informar al Consejo Nacional de Política Económica y Social —CONPES los resultados del seguimiento y evaluación del Plan Decenal de Salud Pública. 11. Establecer los mecanismos de coordinación, participación y articulación de las Comisiones Intersectoriales y sus mesas o comités temáticos que tenga relación con la salud pública bajo criterios de eficiencia y eficacia, que apoyen el funcionamiento de la Comisión. 12. Darse su propio reglamento. 13.Las demás funciones que le sean propias a su naturaleza.

Artículo 5

Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial de Salud Pública. La Comisión Intersectorial de Salud Pública contará con una Secretaría Técnica ejercida conjuntamente por el Ministerio de Salud y Protección Social y el Departamento Nacional de Planeación.

Artículo 6

Funciones de la Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial de Salud Pública. Serán funciones de la Secretaría Técnica, las siguientes: 1. Presentar, para su aprobación, los cronogramas de trabajo a la Comisión Intersectorial de Salud Pública. 2. Proponer un sistema de monitoreo y evaluación del Plan Decenal de Salud Pública, a través de metas, indicadores, instrumentos de acompañamiento y fuentes de recursos que permitan hacer seguimiento a su ejecución. 3. Consolidar los informes de monitoreo y evaluación de las acciones sobre los determinantes en salud que realicen el Comité Técnico y presentar informes periódicos a la Comisión Intersectorial de Salud Pública que incluyan los resultados de dicho seguimiento y los avances del Plan Decenal de Salud Pública frente a la reducción de inequidades a nivel nacional y territorial y entre grupos. 4. Consolidar las iniciativas y acciones técnicas y políticas propuestas por la Comisión Intersectorial de Salud Pública con los planes sectoriales, articular las diferentes propuestas y avances del Comité Técnico y presentarlas a la Comisión Intersectorial de Salud Pública. «4 DECRETO NÚMERO - 859 DE 2014 HOJANo. 4de7 5. Ser interlocutor permanente entre la Comisión Intersectorial de Salud Pública y las demás Comisiones, los sectores responsables en la implementación del Plan Decenal de Salud Pública y el Consejo Nacional de Política Económica y Social -CONPES. 6. Realizar la convocatoria a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Comisión intersectorial de Salud Pública. 7. Elaborar las actas y hacer seguimiento al cumplimiento de las decisiones, acuerdos y compromisos adquiridos de la Comisión Intersectorial de Salud Pública. 8. Preparar y presentar a la Comisión Intersectorial de Salud Pública las propuestas, documentos de trabajo, informes y demás material de apoyo que sirva de soporte a las decisiones de la misma. 9. Elaborar el reglamento operativo de la Comisión Intersectorial de Salud Pública y someterlo a su aprobación. 10.Las demás funciones que sean propias de su carácter, apoyo y soporte técnico o las que le sean asignadas por la Comisión Intersectorial de Salud Pública.

Artículo 7

Sesiones de la Comisión Intersectorial de Salud Pública. La Comisión Intersectorial de Salud Pública se reunirá por derecho propio cada seis (6) meses, previa convocatoria realizada por la Secretaría Técnica y, extraordinariamente, a solicitud del Presidente de la Comisión. La convocatoria a los miembros de la Comisión se hará por cualquier medio físico o electrónico, indicando el día, la hora y el lugar o la forma de reunión. Las sesiones se podrán realizar de forma presencial o virtual a través de medios electrónicos, informáticos, telefónicos, audiovisuales o cualquier otro medio que permita el intercambio de información entre los miembros de la Comisión y quedarán consignadas en un acta. Parágrafo. A las sesiones convocadas por la Comisión podrán ser invitados, con voz pero sin voto, los funcionarios y representantes de las entidades públicas o privadas, expertos y otras personas naturales o jurídicas, cuyo aporte se estime de utilidad para los fines encomendados a la misma. Parágrafo Transitorio. La primera sesión ordinaria será convocada dentro de los dos (2) meses siguientes a la publicación del presente decreto.

Artículo 8

Quórum. La Comisión podrá deliberar con al menos seis (6) de sus miembros y las decisiones serán adoptadas por mayoría simple de los asistentes.

Artículo 9

Comité Técnico. La Comisión contará con un Comité Técnico que estará a cargo de la Secretaría Técnica. El Comité Técnico estará integrado por grupos de profesionales de los sectores que hacen parte de la Comisión, los .. cuales serán designados por el Ministro, Director de! Departamento Administrativo 1 NS DECRETO NÚMERO - 893 DE 2014 HOJANo. 5de7 correspondiente. Podrán ser miembros regulares de las sesiones del Comité Técnico otras entidades que la Comisión considere pertinentes.

Artículo 10

publicación. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su

Artículo ANEXO

FO RUBÉN DARÍO LIZARRALDE MONTOYA Ministro de Agrichiltura y Desarrollo Rural ALEJAN LA URIBE inistro de Salud y Protección Social Aoi RAFAEL PARDO RUEDA Ministro de Trabajo Ministro de Minas y Energía)”, - DECRETO NÚMERO" 859 DE 2014 HOJANo. $de?7 AÁNa is MARÍA FERNANDA CAMPO SAAVEDRA ta Ministra de Educación Nacional LUZ HELENA SARMIENTO VILLAMIZAR So de Ambiente y Desarrollo Sostenible LUIS FELIPE HENAO CARDONA Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio ICO CECILIA ÁLVAREZ CORREA Ministra de Transporte MARÍANA CÉS CÓRDOBA Ministra de Cultura y Halo (lvrutulau2/7. MARÍA LORENA GUTIÉRREZ BOTERO Director del Departamento Administrativo de la Presidencia al A DECRETO NÚMERO. g5g DE 2014 HOJANo. 7de7 ana DADO - TATIANA OROZCO DE LA CRUZ Directora del Departamento Nacional de Planeación ext pel GABRIEL VALLEJO LÓ Director del Departamento Administr: Vo para la Prosperidad Social ua

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Derogado»; Normograma-por-tematica-minsalud-2014.zip · hoja Decretos · fila 10), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

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